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El aborto como impotencia humana ante la vida (página 2)



Partes: 1, 2, 3

El aborto inducido es la interrupción deliberada
del embarazo mediante la extracción del feto de la cavidad
uterina. En función del periodo de gestación en el
que se realiza, se emplea una u otra de las cuatro intervenciones
quirúrgicas siguientes: la succión o
aspiración puede ser realizada durante el primer trimestre
(hasta la duodécima semana).

Mediante el uso de dilatadores sucesivos para conseguir
el acceso a la cavidad uterina a través del cerviz (cuello
del útero), se introduce un tubo flexible conectado a una
bomba de vacío denominado cánula para extraer el
contenido uterino. Puede realizarse en un periodo de tiempo que
va de cinco a diez minutos en pacientes no internadas. A
continuación se introduce una legra (instrumento
metálico en forma de cuchara) para eliminar por raspado
cualquier resto de las cubiertas uterinas. El método de
aspiración, introducido en China en 1958, pronto
sustituyó al método anterior de dilatación y
legrado (en el que la legra se utilizaba para extraer el feto).
Durante la primera parte del segundo trimestre la
interrupción del embarazo se puede realizar por una
técnica especial de legrado-aspiración combinada a
veces con fórceps, denominada dilatación y
evacuación (DE).

La paciente debe permanecer ingresada en el hospital
puesto que puede haber hemorragias y molestias tras la
intervención. A partir de la semana 15 de gestación
el método más empleado es el de infusiones salinas.
En esta técnica se utiliza una aguja hipodérmica o
un tubo fino para extraer una pequeña cantidad de
líquido amniótico del útero a través
de la pared abdominal. Este líquido es sustituido
lentamente por una solución salina concentrada al 20%.
Entre 24 y 48 horas empiezan a producirse contracciones uterinas,
que producen la expulsión del feto y la paciente puede
abandonar el hospital uno o dos días después. Los
abortos tardíos se realizan mediante histerotomía:
se trata de una intervención quirúrgica mayor,
similar a la cesárea, pero realizada a través de
una incisión de menor tamaño en la parte baja del
abdomen. Como alternativa a estos procedimientos, existe una
píldora denominada RU-486 que bloquea la hormona
progesterona y es eficaz en los primeros 50 días de
gestación. La RU-486 se desarrolló en Francia y en
1988 se legalizó su uso.

Los abortos del primer trimestre son relativamente
sencillos y seguros cuando se realizan en condiciones
clínicas adecuadas. Los riesgos de complicaciones aumentan
de manera paralela a la edad de la gestante y consisten en
infecciones, lesiones del cuello uterino, perforación
uterina y hemorragias. Hay situaciones clínicas concretas
en las que un aborto inducido, incluso tardío, supone
menor riesgo para la paciente que la terminación del
embarazo.

El aborto inducido es la interrupción activa del
desarrollo vital del embrión o feto. Puede tratarse de un
aborto terapéutico (o aborto indirecto) cuando está
justificado por razones médicas, o de un aborto selectivo
(interrupción voluntaria del embarazo) cuando se realiza
por decisión de la mujer embarazada.

A su vez, según la técnica empleada para
inducir el aborto, se puede hablar de aborto con medicamentos o
de aborto quirúrgico.

¿Qué opinan los especialistas sobre el
aborto?

BERNARD NATHANSON, doctor en medicina, quien en un
tiempo fue director de la primera y más utilizada
clínica de abortos de la ciudad de Nueva York, una
clínica que ya no existe, desplegó un cambio de
opinión dramático al decir: "Me convencí de
que, como director de la clínica, había presidido
de hecho en más de 60 000 muertes." Agregó:
"¡El negar enérgicamente que la vida comience cuando
comienza la concepción es absurdo!"

El Dr. Howard Diamond, del Centro Médico Beth
Israel, no piensa de esa manera: "Si siento algo, es un sentido
de satisfacción. El aborto es mucho más importante
que la vida de un niño que no existe. . . .
¡Un feto no es nada!"

Lo que piensan los médicos de llevar a cabo
abortos varía en gran manera. A un extremo existe un
sentido de culpa y desesperación. Hay médicos que
admiten que ahora beben en demasía y tienen pesadillas por
haber llevado a cabo grandes cantidades de abortos al estilo de
cadenas de montaje. Al otro extremo hay médicos que alegan
que derivan satisfacción de llevar a cabo operaciones de
esta índole porque les parece que están salvando la
vida de las mujeres, tanto en sentido emocional como
físico.

Algunos médicos experimentan una
combinación de sentimientos. El Dr. William Rashbaum, del
Centro Médico Beth Israel, en un tiempo tuvo pesadillas en
las cuales vio a un pequeño feto resistir el aborto por
medio de agarrarse de las paredes del útero. El Dr.
Rashbaum ha aprendido a aceptar los abortos; ya no tiene
sueños fantásticos como aquéllos, pero dice:
"Soy una persona. Tengo derecho a mis sentimientos. Y mis
sentimientos me impulsan a hacerme la pregunta:
"¿Quién me ha dado a mí o ha dado a
cualquier otra persona el derecho de poner fin a un embarazo?"
Tengo derecho a sentirme así, pero, a la vez, no tengo
derecho a comunicar mis sentimientos a la paciente que
desesperadamente necesita un aborto. No se me paga por los
sentimientos que tenga; se me paga por mis habilidades.
. . . Empecé a efectuar un mayor número
de abortos al tiempo de mi divorcio, cuando necesitaba dinero.
Pero también creo que la mujer tiene derecho a controlar
su destino biológico."

John Szenes, doctor en medicina, cree que las mujeres
tienen derecho al aborto y pone ese punto en primer lugar, sin
embargo, sí admite que es necesario acostumbrarse hasta
cierto grado al aborto salino: "De repente se nota que al tiempo
de introducir la infusión salina hay mucha actividad en el
útero. No es la actividad del líquido. Es
obviamente la actividad del feto que se siente perturbado al
haber tragado la solución concentrada de sal y está
pateando violentamente y eso, dígase lo que se diga, es el
trauma de la muerte." Agrega el Dr. Szenes: "Así, puedo
imaginarme que, si yo hubiera empezado a efectuar abortos de
fetos de 24 semanas desde el mismo principio, habría
tenido un conflicto mental mucho mayor en cuanto a si esto
equivale o no a asesinato."

En el Hospital Beth Israel de la ciudad de Denver,
Colorado, un médico provocó un aborto por medio de
inyectar hormonas para inducir un parto prematuro. Horas
después el bebé nació vivo, lloró, y
poco después murió. El médico no
pidió que se tomara medida alguna para sostenerle la vida.
Las enfermeras se agitaron; una renunció. Hablando de una
situación similar, un obstetra de la ciudad de Denver
dijo: "El tratar de salvar al feto cuando se está llevando
a cabo un aborto es como mandar una ambulancia a un
pelotón de fusilamiento. Todo el propósito del
aborto —tanto por parte de la mujer como del
médico— es asegurarse de que el feto no
sobreviva."

Procedimientos para
la
inducción del aborto

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Frecuencia de las diferentes
técnicas de aborto inducido según la edad
gestacional; la mayoría son técnicas de aborto
quirúrgico
(el aborto con medicamentos es una
técnica de uso hasta las 9 semanas):1.º
trimestre
(0-12 semanas del desarrollo
embrionario):

* Aspiración manual endouterina
(AMEU-MVA).* Succión o aspiración de vacío
eléctrica AE o AVE (EVA).* Dilatación y curetaje-
legrado uterino instrumental (LUI);* Mifepristona y misoprostol
(aborto con medicamentos).

2.º trimestre (12-28 semanas):

* Dilatación y evacuación*
Histerectomía* Dilatación y extracción
intacta* Inducción al parto prematuro

3.º trimestre (28-30 semanas):

* Histerectomía, dilatación y
extracción intacta e inducción al parto
prematuro.

El aborto puede ser inducido de muchas maneras, y la
elección depende del tiempo de gestación o
desarrollo del embrión o feto, de la salud de la madre,
del contexto socioeconómico en el que se tome la
decisión y se realice el acto, especialmente el acceso a
los servicios médicos, y de los límites puestos por
la legislación, entre otros factores.

Procedimientos bajo control sanitario

Aborto con medicamentos o
químico

El aborto químico o farmacológico consiste
en la interrupción del desarrollo del embrión y en
su eliminación por el canal del parto, todo ello inducido
por lo que suele ser una combinación de fármacos.
Solo es factible en las primeras semanas del embarazo. En Estados
Unidos el porcentaje de abortos realizados con medicamentos
(medical abortion) sobre el total de abortos ha
aumentado desde la aprobación de la mifepristona: 1.0% en
el año 2000, 2.9% en 2001, 5.2% en 2002, 7.9% en 2003,
9.3% en 2004, 9.9% en 2005, 10.6% en 2006, 13.1% en
2007.

En Europa el uso es desigual, así, en Portugal
supone el 67% de las IVE (interrupción voluntaria del
embarazo), en Francia el 49%; en Inglaterra y Gales el 40%, en
Escocia y Finlandia el 70%, en España solamente el 4%, en
Italia menos del 4% ya que comenzó su venta en diciembre
de 2009.

Este tipo de procedimiento suele ser el preferido cuando
es posible, porque no requiere anestesia ni tampoco una
intervención quirúrgica (el uso de instrumentos),
siendo los mayores inconvenientes el sangrado y que la mujer
puede observar el proceso y el embrión expulsado, lo que
es psicológicamente doloroso para aquellas mujeres que
dudan de la moralidad o de la conveniencia del acto.

El procedimiento ve reducida su efectividad
después de la séptima semana de desarrollo. A pesar
de su relativa sencillez, el proceso requiere una vigilancia
médica continuada para asegurar el éxito, para
prevenir posibles complicaciones, y también a menudo
porque la evacuación es incompleta y requiere la
intervención final de un médico. Los
regímenes más comunes son:

  • Mifepristona con misoprostol.

La mifepristona junto con misoprostol es el
método químico más habitual, administrado
hasta las primeras 7 a 9 semanas de embarazo (49 a 63
días). El método consiste en administrar
mifepristona a dosis altas (600 mg según protocolo FDA) y,
a los dos días una pastilla de misoprostol (400
&µg) que provoca contracciones en el parto. La
mifepristona es un antagonista de la progesterona, hormona
necesaria para la continuidad de la gestación. Para
garantizar la expulsión se usa el misoprostol. El
protocolo presenta contraindicaciones diversas, por ejemplo con
el uso previo continuado de terapias basadas en
esteroides.

  • Misoprostol solo.

Hasta 49 días de gestación: 800 mg. (200
mg cada 24 h), y hasta 3 veces (cuando existe alguna
contraindicación o alergia a la Mifepristona o el acceso a
la misma es absolutamente imposible). Embarazos de 49 días
a 20 semanas: 2 o 3 comprimidos de Misive 200 por vía
vaginal cada 4 a 6 horas, respectivamente. En embarazos mayores a
20 semanas, se tenderá a utilizar una dosis de 400 mg. 200
cada 4 a 6 horas o incluso menores según
respuesta.

  • Metotrexato con misoprostol.

El metotrexato se administra con una inyección y
afecta a las células en proliferación del
embrión, provocando la interrupción de su
desarrollo. Unos días después, la
administración de misoprostol, un análogo
semisintético de la PGE1 prostaglandina que estimula la
contracción del útero, provoca la expulsión
de sus restos. El procedimiento está contraindicado en
distintas condiciones médicas, como por ejemplo la
insuficiencia renal.

También hay unos métodos muy comunes
usados en América del Sur que son considerados como
químicos, estos siendo de origen de ese mismo país,
que se usaban para el siglo XX. Entre ellos se encuentra
Hierbabuena que era el abortivo más usado en
América, cuyo principio activo, una cetona, el
pulegón, tenía acción convulsiva y
producía colapso cardiovascular, arritmia cardíaca
enfriamiento generalizado y perdida del conocimiento. Otro
método es el Romero Salvaje en el cual sus hojas se
añadían a la cerveza para aumentar su acción
embriagadora; contenía un aceite (alcanfor de ledum) que
actuaba localmente como irritante y resortivo provocando abortos.
Su acción tóxica producía excitación
y parálisis de los centros nerviosos, convulsiones,
congestión y edema de la cara, vómitos, meteorismo
y respiración estertorosa.

  • Quirúrgico:

Aborto por aspiración, a las ocho semanas de la
gestación (seis después de la
fertilización).

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1: Saco amniótico2: Embrión3:
Útero4: Espéculo5: Jeringa manual6: Conexión
a bomba de aspiración.

Cuando la madre de forma consiente solicita la
intervención de un médico para que extraiga del
útero al ser humano que allí se
desarrolla.

Para la Organización Mundial de la Salud (OMS),
este se define como "un procedimiento para la interrupción
del embarazo no deseado practicado tanto por personas que carecen
de las habilidades necesarias o en un ambiente que carece de
estándares médicos mínimos, o
ambos".

Se denomina aborto quirúrgico al conjunto de
técnicas quirúrgicas que tienen el fin de provocar
el aborto, es decir, terminar voluntariamente el proceso
gestacional.

El método quirúrgico más empleado
antes de las 7 semanas de embarazo es el aborto por
aspiración. Consiste en la remoción del feto o del
embrión a través de succión, usando una
jeringa manual o una bomba eléctrica de aspiración.
La aspiración manual se denomina también mini
succión o extracción menstrual. Se aplica solo
durante las primeras semanas y no requiere dilatación
cervical (véase también cérvix o cuello
uterino). Para estas primeras semanas, se habla de
interrupción del embarazo, más que de aborto,
aunque en realidad ambos términos son sinónimos.
Los pro vida afirman que eso es una denominación
eufemística. A partir de la semana decimoquinta y hasta la
vigesimosexta, se requiere dilatación cervical y
manipulación quirúrgica, además de
succión. Este método fue demostrado en detalle en
una ecografía en el documental titulado The silent
scream (El grito silencioso
), producido por el doctor
Bernard N. Nathanson, quien durante los años setenta fue
el propietario de una de las clínicas más grandes
de aborto en los EE. UU.

El método de dilatación y raspado es un
método general que se emplea también durante el
examen médico para tomar muestras o para la
detección de ciertos tipos de cáncer. Se conoce
también con el nombre de nacimiento parcial, y suele
hacerse entre la sexta y la decimocuarta semanas. La
Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda que este
método no se use salvo cuando la aspiración manual
no es factible, y de hecho su uso es poco frecuente. El legrado
sirve para limpiar las paredes del útero con una
cureta.

En estados avanzados de la gestación, si se ha de
practicar un aborto por razones terapéuticas, se usan
otros procedimientos adecuados para el mayor estado de desarrollo
del feto. Se puede inducir el parto prematuro usando
prostaglandinas, a la vez que se inyecta suero salino o urea en
el líquido amniótico, que causa quemaduras fatales
en el feto. En los casos más avanzados se usan
técnicas excepcionales, como la llamada "de
dilatación y extracción intacta" o "aborto por
nacimiento parcial", que requiere dos o tres días de
preparación, para asegurar la dilatación cervical
necesaria, y los fármacos que induzcan el parto. El
médico manipulará al feto, para hacer salir primero
sus piernas, hasta dejar adentro solo la cabeza, si así es
necesario. Por último, se vacía el encéfalo
por succión después de practicar una
incisión en la base del cráneo. Esta
técnica, que es polémica, se aplica en menos de la
sexta parte de los abortos tardíos practicados en los
Estados Unidos (por supuesto, estamos hablando aquí de un
feto, que es una etapa mucho más avanzada del desarrollo
del producto, y no de un embrión, que representa
únicamente los primeros tres meses de desarrollo), y fue
prohibida por la administración Bush, pero fue apoyada por
Tony Blair en el Reino Unido.

La elección de una u otra técnicas depende
de cuán avanzado esté el embarazo y si el
dilatación cervical resulta o no necesaria.

Desde la decimoquinta semana hasta la vigésimo
sexta semana de embarazo, se usa el método de
dilatación y evacuación (D & E), que consiste
en la apertura del cuello uterino, vaciándolo mediante el
uso de instrumentos quirúrgicos y
succión.

Es necesario usar otras técnicas para inducir el
aborto a partir del tercer trimestre. El parto prematuro puede
ser provocado por la prostaglandina, que puede aplicarse junto
con una inyección de líquido amniótico con
soluciones cáusticas (salinas) o urea.

Después de la 16ª semana de
gestación, el aborto puede ser provocado por la
compresión craneal intra-uterina, que requiere la
descompresión de la cabeza del feto antes de su
evacuación. El aborto por histerotomía es un
procedimiento parecido a la cesárea, y se practica bajo
anestesia general, por ser considerado una cirugía
abdominal de importancia.

Cuando el feto está en una edad gestacional
avanzada, de seis a nueve meses, algunos países aplican el
método de aborto por nacimiento parcial, procedimiento que
ha provocado varias controversias legales.

De las 20 hasta las 23 semanas de embarazo, será
necesaria una inyección para detener el corazón del
feto. Las técnicas tardías ponen en mucho mayor
riesgo la salud de la madre.

Clasificar el aborto
según la etiología

Según la intencionalidad

  • Aborto inducido, provocado o voluntario:

Es el resultante de maniobras directas destinadas a
interrumpir el embarazo. Puede ocurrir en el contexto de la
legalidad o ilegalidad.

Puede ser:

– Libre: bajo el derecho que tendría la mujer
para interrumpir su embarazo por el sólo hecho de no ser
deseado.

– Psicosocial

– Eugenésico: cuando se predice que nacerá
un feto con defecto o enfermedad.

– Terapéutico: por razones de salud
materna.

– Mixto: cuando en el embarazo múltiple se
realiza una reducción selectiva embrionaria o fetal para
que los restantes tengan mayor probabilidad de
sobrevivir.

– Ético: Cuando el embarazo es fruto de una
agresión sexual.

  • Aborto espontáneo o involuntario:

En el cual no interviene la acción humana de
forma intencionada.

Según su desarrollo puede ser

– Amenaza de aborto: se caracteriza por metrorragia
escasa acompañada o no de dolor en hipogastrio tipo
cólico.

– Aborto inminente o inevitable: caracterizado por la
irreversibilidad del proceso.

– Aborto retenido o diferido: en el que persiste el
producto de la concepción tras la interrupción del
embarazo.

Una situación a tener en cuenta dentro de este,
es la gestación anembrionada, que consiste en la ausencia
de embrión dentro del saco gestacional. Su causa
más importante es la alteración
cromosómica

– Aborto habitual o recurrente: perdida de tres o
más embarazos espontáneamente de forma consecutiva
o cinco o más no consecutivos.

Según su terminación

– Aborto completo: el producto de la concepción
es expulsado en su totalidad.

– Aborto incompleto: el producto de la concepción
no es expulsado en su totalidad, quedan restos abortivos dentro
de la cavidad uterina.

Según su edad gestacional

– Aborto bioquímico o preclínico: es la
interrupción de la gestación después de
nidación y antes de la identificación
ecográfica del saco gestacional (cuatro-cinco semanas de
gestación).

– Aborto clínico: ocurre posterior a la
gestación del saco gestacional, se divide en embrionario
(de la seis a la ocho semanas gestacionales) o fetal (de la diez
a la veintidós semanas gestacionales).

Según las consecuencias

– Aborto no complicado.

– Aborto complicado: Infección (aborto
séptico), hemorragia…

Métodos
habituales en la práctica del aborto

El aborto provocado tiene por objeto la
destrucción del hijo en desarrollo en el seno materno, o
su expulsión prematura para que muera.

Los métodos para lograr este abominable objetivo
se eligen atendiendo a los medios de que se disponga y a la edad
del feto que hay que suprimir. Los más utilizados son:
aspiración, legrado, histerectomía,
inducción de contracciones e inyección
intraamniótica.

También existen los preparados
farmacéuticos que, con apariencia de medicamento, se
emplean para lograr el aborto.

Generalmente los métodos se utilizan sólo
en los primeros meses del embarazo, ya que el hijo crece y se
desarrolla muy rápidamente, y después tanto la
trituración como la expulsión se hace muy
difícil para quien realiza el aborto y muy peligrosa para
la madre.

Como es fácil de comprender en todo tipo de
aborto, existe además para la madre, el riesgo de
infecciones, de perforación uterina y que a las
hemorragias se una la lesión de órganos
abdominales. Aunque ninguna de estas alteraciones sea muy
frecuente, si queda también el peligro de que estas
manipulaciones incidan negativamente en el desarrollo de
embarazos posteriores.

Mucho más significativo es el alto riesgo de
alteraciones psíquicas que aparecen bien directamente o
bien tardía en la persona que ha abortado, en
último término, por la intuición humana de
que se ha realizado un crimen contra la vida de un inocente
indefenso, algo que jamás puede justificarse.

Aborto por aspiración

Consiste en la dilatación del cuello uterino, con
el instrumental adecuado para realizar esta función, para
que por él pueda caber un tubo que va conectado a un
potente aspirador. La fuerza de la succión arrastra al
embrión y al resto del contenido uterino, todo deshecho en
pequeños trozos. Una vez terminada la operación de
succión se suele realizar un legrado para obtener la
certeza que el útero ha quedado bien
vacío.

Se utiliza este procedimiento cuando el embarazo es de
menos de diez o doce semanas.

Método de legrado

El legrado o raspado, también llamado "curetaje",
es el método más empleado. Se comienza por dilatar
convenientemente el cuello del útero, que sólo
puede hacerse bajo anestesia. Después se introduce en el
útero una especie de cucharilla de bordes cortantes,
llamada legra o "cureta", que trocea bien a la placenta y al hijo
al ser conducida de arriba abajo por toda la cavidad del
útero. Los trozos así obtenidos se extraen con la
misma legra.

Se suele practicar el legrado sobre todo en los tres o
cuatro primeros meses de la vida del hijo. Si el embarazo ha
superado las doce semanas, las dificultades aumentan y hay que
triturar muy bien el cuerpo del feto para sacarlo al exterior. A
veces, pueden quedar grandes restos en el interior del
útero, por ejemplo, la cabeza, y por eso el abortador debe
identificar cuidadosamente todos los restos extraídos para
asegurarse de que no ha quedado nada dentro de la
madre.

Método de la histerectomía o mini
cesárea

Consiste en practicar una incisión en el
útero a través del abdomen materno para extraer por
ella al hijo y la placenta. Se suele emplear este método a
partir de las veinte semanas del embarazo. Habitualmente se
extraen niños vivos, pero que mueren después ya que
generalmente no son viables hasta la semana
veintiocho.

Aborto por inducción de
contracciones

En este método se provoca la expulsión del
feto y de la placenta mediante la administración a la
madre, por diversas vías, de sustancias que provocan
contracciones semejantes a las de un parto, como por ejemplo,
prostaglandinas, la oxitocina.

Estas contracciones provocan la dilatación del
cuello uterino, y la bolsa en que está el hijo, se
desprende de las paredes del útero.

Método de la inyección
intraamniótica

Se inyecta una solución salina hipertónica
-o una solución de urea- en el líquido
amniótico a través del abdomen de la
madre.

Estas soluciones irritantes provocan contracciones
similares a las del parto, y tras la inyección, con un
intervalo de uno o de dos días, el hijo y la placenta
suelen ser expulsados al exterior. Con frecuencia, después
se realiza un legrado, para asegurarse de la expulsión de
la placenta.

Para que este método sea eficaz, el embarazo debe
ser de cierto tiempo, de más de cuatro meses.

Además de la expulsión, estas soluciones
son irritantes para el feto, que no sólo se envenena, sino
que además le produce quemaduras extensas. El feto muere
con toda seguridad.

Utilización de píldoras
abortivas

Tanto los estrógenos como los prostágenos
pueden recetarse para diversos trastornos ginecológicos.
Una de las indicaciones de estas píldoras combinadas
(estrógenos/prostágenos) y de las píldoras
únicamente prostágenas es la
anticoncepción.

Existen cuatro mecanismos identificados mediante los
cuales pueden ejercer su efecto:

  • inhibir de la ovulación;

  • evitar la implantación endometrial del
    óvulo fecundado;

  • alterar de la consistencia del moco cervical,
    inhibiendo la movilidad del espermio, y

  • disminuir de la motilidad de la trompa de Falopio
    (5).

Uno o más de los cuatro mecanismos predominan al
impedir el curso del embarazo, según el tipo de
píldora utilizada.

Las principales píldoras que se utilizan
son:

Las píldoras anticonceptivas
combinadas

Las píldoras anticonceptivas combinadas, como ya
se ha indicado, han sido consideradas como inhibidoras de la
ovulación, y existen indicios que prueban que las
más antiguas fórmulas de dosis elevadas
hacían exactamente eso.

Actualmente la composición son estrógenos
en baja dosis, encaminadas a minimizar los efectos secundarios, y
lo que se produce es la ovulación-ruptura, por lo que se
conjetura que el mecanismo endometrial se activa más
lentamente si se produce la concepción, al impedir el
embarazo en curso.

Generalmente inhiben bien la ovulación, y si no
lo hacen, el endometrio no está tan atrófico para
que no se implante la gestación.

Las píldoras únicamente
prostágenas o mini píldoras

Están destinadas, principalmente a aquellas
mujeres en las que están contraindicados los
estrógenos. Con su empleo la ovulación se produce
en alto grado, algunas fuentes señalan el 60%-85%. En
tales casos, el modo de actuar depende del efecto
prostágeno tanto sobre el endometrio como sobre el moco
cervical. Se activa el mecanismo que vuelve poco receptivo el
endometrio a la implantación, y así impide el
embarazo

Se han realizado estudios estadísticos dando la
conclusión de un aborto químico por cada 88 ciclos
menstruales para una mujer que sistemáticamente tome la
píldora combinada. Es decir, un aborto cada siete
años.

Utilización de prostágenos
inyectables

Actúan sobre el principio del mecanismo
prostágeno, que comprende la interferencia en la
ovulación, el moco cervical y la implantación
endometrial. La evidencia clínica indica que el grado de
ovulación con este sistema es muy bajo, pero será
operativo en algún grado como se muestra por la tasa de
embarazos descubiertos en un 0.3% por cien mujeres y
año.

Norplant es un sistema de implante de modo
subcutáneo, cuya función es originar la
supresión del crecimiento del endometrio.

La efectividad de estos métodos, intentado muchas
veces, sólo se ha conseguido en parte con la RU-486 (anti
progesterona del cuerpo lúteo) y la denominada
píldora del día después (estrógenos y
prostágenos a altas dosis).

Compuesto RU-486

Este compuesto RU-486 Mifepristone, inhibe la
función de la progesterona bloqueando su acción,
por ser un antagonista de sus receptores. Es además, un
potente anti glucocorticoide, cuyo mecanismo de acción
afecta al endometrio al que modifica e involuciona-, al miometrio
-aumentando sus contracciones-, al cuello uterino -relajando el
cérvix y dilatando su orificio- y a la placenta -anula su
función en el proceso de formación, con lo que se
produce la muerte del embrión al privarle de las
sustancias nutritivas-.

En síntesis, y en combinación con algunas
prostaglandinas, tiene un potente efecto abortivo. Su
administración se realiza en época muy temprana del
embarazo, antes de la sexta semana de la vida del hijo, por lo
tanto, antes de que se produzca la segunda falta de la regla de
la madre. 48 horas después de administrarse se produce una
menstruación con la expulsión del
embrión.

También puede ser utilizada como coadyuvante en
abortos de embarazos del segundo trimestre, y tiene otras
aplicaciones relacionadas con estos campos.

Puede utilizarse tanto por vía vaginal como oral
y su eficacia para conseguir el efecto abortivo es de un 96%; a
veces, se ha practicar después un legrado para consumar
este tipo de aborto.

Tiene además efectos secundarios, desde dolores
abdominales, náusea y diarreas, hasta graves hemorragias
uterinas, que pueden producirse entre una o dos semanas
después del uso del abortivo, y que puede prologarse
durante unos quince días (6). Últimamente se
está prodigando el uso de Metothrexate IM a dosis
única, para "reabsorber" el embrión y el
Misoprostol -prostaglandina usada como protector gástrico-
para inducir contracciones, dilatar el cuello uterino y expulsar
el embrión.

La píldora del día
después

La comercialización, con receta médica, de
la píldora de emergencia, también conocida como
píldora postcoital o del día después,
está generando un debate similar al que en su día
protagonizó la RU-486, aprobada en España en el
2000, y que se suministra en hospitales y clínicas
autorizadas, baja estricta supervisión
médica.

A diferencia de las anteriores, utilizadas con este fin,
en su composición se han eliminado los estrógenos y
su fórmula básicamente es un gestágeno, el
Levo-Norgestrel, más eficaz y con menos efectos
secundarios como vómitos, náusea y tensión
mamaria. O también, como ya hemos dicho, estrógenos
y prostágenos a altas dosis, como Neogynona o Eugynon. Se
emplean durante tres días.

Actúa sobre el sistema hormonal femenino: retrasa
la ovulación, por lo que puede impedir la
fecundación; impide la implantación del
óvulo fecundado en la matriz, cambia la movilidad de las
trompas de Falopio y hace que los espermatozoides vayan
más despacio. Según The Lancet, su eficacia llega,
sobre un 100% de fecundaciones producidas al 85%. Si es que llega
a darse su fecundación. Es un producto anticonceptivo y
abortivo, si falla su efecto contra la
fecundación.

Al entorpecer la implantación volviendo hostil la
pared del endometrio a su implantación e impidiendo
así el vínculo con la corriente sanguínea
ricamente nutritiva de la madre. La consecuencia es la
expulsión prematura y artificialmente inducida del
embrión recién concebido.

Se le quiere dar un carácter de fármaco
porque sus efectos secundarios, como ya hemos indicado y por lo
que hasta ahora se conoce, son muy inferiores a los de otros
anticonceptivos orales, pero esto es un error
terminológico, ya que este producto ni cura ni previene
ninguna enfermedad, pues el embarazo no es ninguna falta de
salud.

Los embarazos de alto riesgo son otras cuestiones muy
minoritarias. En este aspecto el Dr. Ángel García,
secretario del Colegio de Médicos de Asturias, ha puesto
de manifiesto como no es un problema nuevo el que los
médicos no quieran recetarla. A lo largo de la historia ha
habido médicos que se rebelaron contra sociedades y
gobiernos que les exigían hacer lo que no debían.
Todavía hoy Amnistía Internacional denuncia el
encarcelamiento de algunos que no han querido colaborar con el
correspondiente régimen despótico para hacer
fechorías en los cuerpos de los hombres.

No se trata de razones religiosas, indicará este
profesional, ni de cuestiones de conciencia, para que hayan de
recurrir a la objeción de conciencia -con las posibles
represalias laborales, aislamientos o al menos
significación dentro del grupo en el ejercicio de la
actividad clínica-. Lo lógico es que este tipo de
productos, como ocurre con los preservativos, se ofrezca sin
recurrir al médico, si es que efectivamente hay una
demanda tal que la sociedad los desea como
útiles.

¿Ud. Como lector cree que a los gobiernos les
conviene que haya abortos?

Después de todo algunos lo ven como negocio,
médicos, parteras, farmacias, hospitales, etc.

Desde luego que hay una serie de actividades, algunas
relacionadas directamente con los actos fallidos del amor, como
la anticoncepción, el aborto, la esterilización no
terapéutica y otras que no son actos médicos,
aunque tengan por objeto el cuerpo humano. El juramento de
Hipócrates: "Y no daré ninguna droga letal a nadie,
aunque me la pidan, ni sugeriré un tal uso, y del mismo
modo, tampoco a ninguna mujer daré pesario abortivo",
tiene un valor universal y sigue tan vivo como hace veinticinco
siglos, porque tiene valor eterno, aunque haya lugares y
épocas que no lo reconozcan.

Dispositivos intrauterinos

Es una técnica más de
contracepción, tanto normal como de emergencia que, en
este segundo caso, pretende utilizar medios para abortar, en un
tiempo muy breve, después del acto sexual que se presume
fecundante.

La inserción de la espiral o DIU se emplea en el
caso en el que hayan transcurrido más de 72 horas de la
relación sexual, presumiblemente fecundante, porque la
espiral ejerce su efecto hasta los 5-7 días después
de la ovulación, o bien si existe alguna
contraindicación para el uso masivo de estrógenos o
de estroprostágenos.

Son de distintos tipos: de polietileno y cobre, algunos
de ellos con un núcleo de plata y otros impregnados de
componentes hormonales, que se introducen en el útero.
Todos ellos originan una reacción inflamatoria local,
implicando cambios químicos y celulares que dificultan la
implantación

Al insertar el DIU el endometrio se torna
inhóspito, debido a la inflamación ocasionada por
la presencia de un cuerpo extraño que acumula
líquido y engrosa el endometrio y no permite la
implantación del posible embrión formado. Entre los
efectos colaterales de la inserción de la espiral se dan
calambre uterinos, metrorragias e incremento de la enfermedad
pélvica inflamatoria.

La espiral no impide la ovulación o la
concepción, sino que más bien neutraliza la
implantación del embrión recién
concebido.

Este rechazo bioquímico imposibilita la
nutrición en curso y el embrión se pierde en el
posterior flujo menstrual. Más que anticonceptiva, es una
acción abortiva.

La eliminación de embriones es una forma de
aborto

El Consejo Pontificio para la Familia el 12-VII-2000, en
respuesta a las numerosas consultas que este organismo
había recibido sobre la "reducción embrional" ha
declarado que esta eliminación de embriones es una forma
de aborto A continuación, se resumen sus
declaraciones.

Embarazos múltiples

En la actualidad son menos comunes los casos de embarazo
múltiple, es decir, las situaciones en las que el seno
materno alberga muchos embriones. De todos modos, siguen
produciéndose, y su causa es bien la estimulación
de los ovarios en caso de inefabilidad, o bien por el recurso de
la fecundación artificial. Muchas veces, la falta de
pericia en la aplicación de estas técnicas e ya un
peligro para la vida de la madre como para los hijos
concebidos.

Por lo que se refiere a los embarazos múltiples,
algunos afirman que no pueden llegar a su fin, ya sea por la
muerte espontánea de los embriones en el útero, ya
sea por el nacimiento prematuro de los fetos sin esperanza de
vida. Además, en caso de que todos los nascituros lleguen
al parto, la dificultad obstétrica es grande.

Por estas argumentaciones, se llega a concluir que se
podría justificar la selección y eliminación
de algunos embriones para salvar a los demás, o al menos,
a uno de ellos. Y así se ha introducido la técnica
llamada "reducción embrionaria".

El embrión es persona

Pero como todo embrión tiene que ser considerado
y tratado como persona humana en el respeto de su dignidad
eminente, como se afirma en Donum vitae, I, 1, debe
reconocerse al nascituro desde el primer momento de su
concepción todos los derechos humanos fundamentales y, en
primer lugar, el derecho a la vida, que no puede ser violado de
ningún modo. Más allá de toda
confusión y ambigüedad, se debe afirmar por tanto que
la reducción embrionaria constituye un aborto selectivo,
porque elimina directa y voluntariamente un ser humano inocente.
Ya sea querida como fin o como medio, en ambos casos, la
reducción embrionaria es siempre un desorden moral
grave.

Nunca es lícito provocar la muerte de
manera voluntaria

Se trata de una verdad a la que se puede llegar con la
simple razón, el carácter ilícito de este
comportamiento constituye una norma válida para todos los
hombres. La prohibición moral sigue en pie incluso cuando
seguir con el embarazo implique un riesgo para la vida o la salud
de la madre y de los demás hermanos gemelos. No es
lícito hacer el mal ni siquiera para alcanzar un bien. No
puede justificarse ni en virtud del principio del llamado mal
menor ni tampoco por el principio conocido con el nombre de
"doble efecto".

Tampoco hay que minusvalorar la posibilidad de que la
adopción de la técnica de la reducción de
embriones lleve a una mentalidad eugenésica, en virtud de
la cual, a través de técnicas de diagnóstico
prenatal, se llegue a medir el valor de una vida humana
únicamente según parámetros de normalidad y
de bienestar físico, a la luz de un concepto reductivo de
"calidad de vida".

De todos modos, si bien forma parte de los
límites humanos tener que asistir en ocasiones de manera
impotente a la muerte prematura de criaturas inocentes, nunca
podrá ser moralmente lícito provocar la muerte de
manera voluntaria.

Este tipo de aborto por reducción embrionaria,
aunque no sea frecuente a causa de embarazos múltiples si
lo es cuando se realiza la clonación de embriones humanos
con fines terapéuticos, tal como ya ha sido legalizado por
el Parlamento británico, el 22-I-2001.

A este respecto, el semanario Die Zeit
(18-I-2001), ha publicado un amplio artículo del
catedrático emérito de Filosofía Robert
Spaemann en donde afirma que la objeción ética de
esta técnica es clara pues se trata de una
violación de la dignidad humana, al considerar a las
personas humanas como medios al servicio de los fines de otras
personas.

Hace alusión al Tribunal Constitucional
alemán que, en su jurisprudencia permanente, sigue el
principio establecido por él mismo hace dos
décadas: "Allí donde existe vida humana, le
corresponde dignidad humana; lo decisivo no es que el portador es
consciente de dicha dignidad ni sea capaz de preservarla. Las
capacidades potenciales inherentes al ser humano son suficientes
para fundamentar la dignidad humana".

Otros

El curiosamente llamado desarrollo científico
sigue progresando en métodos eficaces para procurar el
aborto voluntario, últimamente, también se
está desarrollando la técnica de
implantación de parches con esta finalidad.

Clases legales de
aborto

Recuerde aquí que puede variar de país a
país según sus constituciones
políticas.

Aborto terapéutico

Inicialmente se denominó así al que se
practicaba cuando entraban en colisión la vida de la madre
y la del hijo. Hoy se extiende esta acepción a cualquier
dolencia o riesgo de dolencia. Incluso se pretende sugerir que,
mediante el aborto, se cura alguna enfermedad de la madre. Para
realizar este tipo de aborto no hay plazo alguno. La madre puede
hacerlo impunemente en cualquier momento de su embarazo si el
certificado médico se basa en el peligro para su vida o
salud.

¿La vida de la madre o la vida del
hijo?

La frecuencia de que se plantee colisión entre la
vida de la madre y la del hijo es muy rara, incluso hay
más ocasiones de peligro de muerte para una madre como
consecuencia de un aborto provocado que como consecuencia de su
embarazo.

La salud física de la
madre

Ciertamente un embarazo que se considere normal es de
por sí una sobrecarga que debe sufrir la mujer embarazada,
y que produce trastornos de diversa índole, pero no
ninguna de ellas entra en las causas previsibles para que el
aborto no sea punible. Hay ocasiones en las que un embarazo puede
agravar una enfermedad previa de la madre, aunque sea
difícil cuantificar el riesgo, y además, hoy
día existen medios sobrados para que todo llegue feliz
término.

Y lo más importante, hay que tener muy en cuenta
la enorme desproporción de los valores en conflicto en
este caso, que son la mejor o peor salud de la madre, frente a la
vida o muerte del hijo. No se puede justificar la
eliminación del hijo para evitar un agravamiento de la
salud física de la madre.

La salud psíquica de la
madre

Con respecto a la salud psíquica, en el caso de
un embarazo no deseado, supone una perturbación emocional
en la madre, pero de ahí a que tenga serias consecuencias
para su salud psíquica media un abismo; sin embargo, la
mayoría de los abortos realizados en España al
amparo de esta ley son por esta causa.

Con este modo de razonar, podríamos afirmar que
todos los hombres y mujeres sobre la tierra sufren una grave
enfermedad psíquica por el hecho de existir; pues toda
existencia lleva consigo episodios infelices.

Además de soluciones más sensatas, como
aceptar el hijo o darlo en adopción antes de eliminarlo,
lo que por ahora sí está claro es que ningún
tipo de enfermedad mental conocido y preciso se pueda curar
solamente mediante un aborto, como tampoco es demostrable que el
aborto no sea más perjudicial para la salud
psíquica de la madre que dejar que el hijo
nazca.

Aborto ético

Se refiere al aborto realizado cuando ha habido embarazo
después de una violación. Se presupone que hay que
declararlo, y realizarlo en los tres primeros meses de embarazo.
El nombre proviene por los que consideraban que el aborto
provocado en estos casos era éticamente
admisible.

¿El aborto se permite cuando hay
violación de la mujer?

Por principio de cuentas se dice que el aborto no
remedia la violación se transmite la sensación de
que se remedia de esa manera un acto de salvajismo, como es toda
violación, aunque en realidad, el aborto no remedia nada,
pues la violación no puede dejar de haber existido, y el
hijo, fruto de la violación es completamente
inocente.

El hecho de que el aborto por causa de violación
no sea punible antes de los tres meses de gestación, y
sí lo sea después de ese plazo, no obedece a
ninguna razón fundamentada; quizás obedece a que la
realización del aborto es más fácil y ofrece
menos riesgos para la madre cuando más pequeño sea
el feto en el útero materno. Es sumamente rara la
práctica de abortos legales fundados en esta
causa

Aborto eugenésico

Se refiere esta acepción cuando se realiza el
aborto por causa de malformaciones del feto. Para que no sea
punible deben cumplirse dos condiciones:

-que existan dos certificados médicos, emitidos
por especialistas diferentes de los que eventualmente practique
el aborto, en los que conste la presunción de graves taras
del hijo;

-que el aborto se realice en las primeras
veintidós semanas de gestación, es decir, hasta los
cinco meses y medios de la vida del hijo en el vientre de su
madre.

Con el aborto no se mejoran los caracteres
hereditarios

La eugenesia está relacionada con la mejora y
selección de los caracteres hereditarios. Desde este punto
de vista, es inadecuado denominar eugenésico a cualquier
tipo de aborto puesto que con él no se consiguen mejorar
los factores hereditarios de la especie humana.

Se establece el plazo indicado porque hacia la
vigésimo segunda semana es cuando con las técnicas
habituales se pueden detectar signos de que el hijo padece alguna
malformación congénita. El aborto por esta causa
tampoco es frecuente.

Otras posibilidades de aborto

En el caso en que llegara a demostrarse que se ha
practicado un aborto sin cumplir ninguna de estas condiciones,
ese aborto así practicado sería un delito punible,
y los culpables (autores materiales, inductores,
cómplices, encubridores) deberían ser castigados.
Pero es sumamente difícil que en la práctica ocurra
esto, porque tendría que abrirse una causa penal, previa
denuncia, que permitiera al juez investigar, y supone muchos
trámites insidiosos a nivel familiar y a nivel
judicial.

Tampoco puede dejarse en el olvido que puedan ampliarse
supuestos para evitar que el aborto se castigue penalmente. En
este sentido, está aprobado en algunos países el
aborto por causas socio-económicas, es decir, si la
llegada de un nuevo hijo implicase un sacrificio económico
o social que los padres considerasen insoportable. Es el llamado
"cuarto supuesto".

Lesiones al feto

El Código Penal manifiesta el acuerdo
unánime acerca de la necesidad de tipificación
específica del delito de lesiones al feto, como respuesta
a las voces doctrinales y jurisprudenciales que se alzaron al
respecto.

Los nuevos progresos técnicos (que permiten
incidir sobre la salud e integridad del feto, con fines de
investigación, terapéuticos o de otra
índole, a través de tantos medios técnicos,
como el suministro de fármacos) aumentan las posibilidades
de que las actuaciones sobre el feto se realicen no sólo
por imprudencia o negligencia profesional, sino también,
como se denomina en derecho, de forma dolosa, por ejemplo, a
través de lesiones originadas al nasciturus si se
manipulan genes cuya acción es desconocida, o como
consecuencia de actividades experimentales.

Aunque se dan distintas interpretaciones según
que la actuación se dé en el mal llamado
pre-embrión, en el embrión o en el feto, defendemos
que resultaría absurdo considerar que las lesiones
causadas al nasciturus y que alterarán su normal
desarrollo sólo sean punibles si se han inferido a partir
de los tres meses aproximadamente desde el momento de la
concepción, y que quedaran impunes las lesiones causadas
al nasciturus con anterioridad, aunque le resultado sea
igual o de mayor entidad.

Las consecuencias que se derivan de este planteamiento,
son múltiples.

Posibles consecuencias médicas
adversas

El aborto, además de terminar con el embarazo, y
la existencia del embrión o feto ?según el caso?,
no es una intervención exenta de riesgos para la madre.
Según algunos estudios, los riesgos son menores que los de
un parto normal. Algunos métodos abortivos, cuando se
trata de procedimientos poco invasivos, tienen un bajo riesgo de
complicaciones serias. Este riesgo puede aumentar dependiendo
cuán avanzado esté el embarazo. Cuando el aborto es
inducido por la misma paciente, los porcentajes de
complicación siempre serán elevados 80% o
más.

Riesgos físicos

  • El aborto por succión, legrado, o
    aspiración, puede causar:

  • Infección

  • trauma de cérvix

  • peritonitis

  • endometritis

  • laceración o perforación del
    útero

  • hemorragia

  • trauma renal

  • inflamación de la pelvis

  • embolismo

  • trombosis

  • esterilidad

  • El aborto por dilatación y curetaje presenta
    los mismos riesgos que el método anterior,
    además de:

  • perforación uterina

  • hemorragia

  • infección del tracto genital

  • laceración intestinal

  • absceso pélvico

  • trombo embolismo.

  • El aborto por dilatación y evacuación
    tiene los riesgos descritos para todos los sistemas
    anteriores, además de:

  • infección pélvica

  • infección renal

  • infección de la cérvix

  • infección peritoneal.

  • Además, puede provocar que la mujer tenga
    futuros embarazos ectópicos, o bebés con peso
    por debajo del normal, o incluso nacidos muertos, o con
    serias malformaciones.

  • Un aborto por inyección salina tiene por
    posibles consecuencias:

  • la ruptura del útero

  • embolismo pulmonar

  • coágulos intravasculares.

  • El aborto mediante la suministración de
    prostaglandinas puede provocar:

  • la ruptura del útero

  • sepsis

  • hemorragias

  • paro cardíaco

  • vómito

  • embolia cerebral

  • fallo renal agudo.

  • El aborto mediante extracción menstrual, que
    se practica solo en las primeras siete semanas del embarazo,
    es un método que no discrimina entre que la paciente
    esté embarazada o no, actuando en ambos casos.
    Además, puede realizarse solo una aspiración
    incompleta, que conllevará una posterior
    infección.

  • El aborto mediante la suministración de
    mifeprex o mifepristona (RU-486) puede conllevar:

  • una grave infección
    bacteriológica

  • sepsis sanguínea

  • sangrado prolongado y abundante

Lo que podría requerir una cirugía y
posterior muerte de la madre.

A su vez, el fármaco que se utiliza junto con la
RU-486: misoprostol (Cytotec), puede causar:

  • sangrado excesivo

  • pérdidas de sangre

  • calambres

En ocasiones, los bebés han sobrevivido a la
ingesta, por parte de la madre, de estos fármacos; en
estos casos, casi siempre han nacido con anormalidades
físicas y mentales.

  • El aborto por nacimiento parcial conlleva serios
    riesgos de:

  • ruptura o perforación del útero, lo
    que podría causar una hemorragia y terminar en una
    histerectomía ?extracción del
    útero?.

  • La píldora del día después, ?o
    anticonceptivo de emergencia?, debido al LNG (Levonorgestrel)
    que contiene conlleva alteraciones patológicas
    vasculares:

  • Hemorragias

  • Micro hemorragias

  • Spotting

Diversos estudios, afirman también que este
fármaco induce cambios funcionales en los vasos
sanguíneos.

Además se han descrito otras
consecuencias:

  • Daños causados a las trompas de Falopio si se
    presenta una infección.

  • Partos complicados y aumento del número de
    abortos espontáneos.

  • Aumento de la tasa de nacimientos por
    cesárea, y partos prematuros (anteriores a las 32
    semanas de gestación).

  • Placenta previa, la cual hace necesaria una
    cesárea para salvar la vida de la madre y su
    hijo.

  • Isoinmunización ?inmunización contra
    la sangre de otra persona? en pacientes Rh
    negativo.

  • También se ha descrito aparición de
    cáncer de mama, en mujeres que abortaron de su primer
    bebé en el primer trimestre de embarazo.

Sin embargo, otros estudios no encuentran diferencias
significativas entre mujeres que han abortado y mujeres que no.
Melbye e investigadores realizaron un estudio que incluía
a 1,5 millones de mujeres danesas sin encontrar diferencias en el
riesgo de contraer cáncer de mama.

Riesgos psicológicos

Para la mayoría de las mujeres, la
decisión de tener un aborto es difícil. El Royal
College of Psychiatrists, la principal organización
profesional de psiquiatras del Reino Unido, afirma que el asunto
de la relación entre aborto provocado y los efectos sobre
la salud mental de la madre no está del todo resuelto.
Existen algunos estudios que no encuentran consecuencias
negativas, y otros que sí. Por tanto, como el aborto
voluntario quizás podría suponer un riesgo para la
salud mental de las mujeres, recomienda que se asesore
convenientemente sobre estos riesgos a quienes deseen
abortar.

La National Abortion Federation estadounidense sostiene
que, científicamente, no existe evidencia de un
estrés "post-aborto" a largo plazo, ni de depresión
ni ansiedad ni de ninguna otra enfermedad psicológica,
concluyendo que el mayor estrés es previo al proceso, e
indicando que la gran mayoría de las mujeres afirman
experimentar una posterior situación de alivio.

Por el contrario, un estudio publicado en el Journal
of Child Psychiatry and Psychology
y financiado por el
gobierno de Nueva Zelanda determinó que el 42% de las
mujeres bajo seguimiento que abortaron antes de los 25
años sufrían de depresión; esta cifra es el
doble de las que nunca estuvieron embarazadas, y 35% mayor que
quienes decidieron seguir con su embarazo. El mismo estudio
estableció que aquellas que abortaron eran dos veces
más propensas a beber alcohol a niveles peligrosos que
aquellas que no lo hicieron, y tres veces más propensas a
depender de drogas ilícitas.

En 2008, el British Journal of Psychiatry
publicó un estudio que concluye que el aborto intencionado
aumenta la probabilidad de sufrir trastornos
psíquicos.

En 2011, The British Journal of Psychiatry
publicó un estudio de Priscilla K. Coleman en el que se
concluye que el aborto aumenta el riesgo de padecer problemas
mentales en las mujeres que lo practican.

Algunos proponen que los efectos psicológicamente
adversos del aborto deben ser referidos como una condición
especial llamada "síndrome post-aborto". Sin embargo, la
existencia de este "síndrome" no ha sido reconocida por
ninguna organización médica o psicológica, y
algunos médicos y partidarios pro-elección han
argumentado que la idea de popularizar este "síndrome post
aborto" es una táctica usada por partidarios pro-vida por
razones políticas.

Aspectos legales
aborto terapéutico y aborto voluntario

La mayor parte de las legislaciones reguladoras, tanto
las permisivas como las restrictivas, distinguen entre aborto
terapéutico y aborto electivo o voluntario.

Monografias.com

Aborto terapéutico. Imagen de un embrión
extraído durante un aborto practicado como consecuencia de
una operación de extirpación de útero, a una
mujer embarazada de unas 10 semanas, y enferma de cáncer
de cérvix.

Aborto terapéutico

Es el que es justificado con razones
médicas:

  • para salvar la vida de la madre, cuando la
    continuación del embarazo o el parto significan un
    riesgo grave para su vida;

  • para salvar la salud física o mental de la
    madre, cuando estas están amenazadas por el embarazo o
    por el parto;

  • para evitar el nacimiento de un niño con una
    enfermedad congénita o genética grave que es
    fatal o que le condena a padecimientos o discapacidades muy
    graves, o

  • para reducir el número de fetos en embarazos
    múltiples hasta un número que haga el riesgo
    aceptable.

Aborto electivo

El realizado por otras razones. Cuando el embarazo es el
resultado de un delito de naturaleza sexual (violación) o
de la aplicación de una técnica de
reproducción asistida no consentida por la
madre.

También se incluyen, como razones: la
minoría de edad de la madre, la incapacidad para cuidar a
un hijo por razones económicas o sociales y el deseo de
ocultar el estigma que representa en ciertos contextos sociales
un embarazo fuera del matrimonio.

Monografias.com

Aborto terapéutico. Embarazo ectópico, una
de las patologías del embarazo.

Aborto por indicación
médico-legal

Se entiende por aborto por indicación
médico-legal al acto médico o quirúrgico que
consiste en la interrupción voluntaria de la
gestación en los casos en que el derecho interno de cada
país prevé la no imposición de una pena por
tal motivo, aunque el aborto en general sea considerado un
delito.

La importancia del aborto por indicación
médico-legal está en que facilita que estas
interrupciones se practiquen dentro del ámbito sanitario
institucional, eliminando riesgos innecesarios para las
mujeres.

A continuación se mencionan los métodos
más utilizados según el médico o la
situación legal:

Aspiración endouterina. Se introduce en
la matriz una cánula especial de succión, y una
succión 28 veces más fuerte que la de una
aspiradora doméstica despedaza al bebé y chupa los
pedazos, forzándolos dentro de un recipiente. Este es el
método que se emplea en la mayoría de los abortos
hasta la semana duodécima. Para ese tiempo la criatura
está completamente formada y siente el dolor.

Dilatación y raspado. Similar al
método de succión, salvo que se introduce un
cuchillo en forma de lazo que hace pedazos a la criatura y saca
los pedazos por la abertura de la matriz por medio de
raspado.

Solución salina. Se vacía el
líquido del saco amniótico donde está el
bebé y en su lugar se inyecta una solución
concentrada de sal. El bebé respira y traga la
solución, lucha, sufre hemorragia, experimenta
convulsiones, y en unas horas muere. Después la madre pasa
por un parto trabajoso y da a luz un bebé muerto o a punto
de morir.

Aborto mediante prostaglandinas. Se inyectan en
el saco amniótico ciertas hormonas relacionadas con el
nacimiento a fin de inducir un parto prematuro. En muchos casos
se inyecta sal primero para evitar el nacimiento de criaturas
vivas.

Histerotomía. Se abren el abdomen y la
matriz quirúrgicamente y se saca al bebé. Casi
todos estos infantes están vivos al ser sacados, luchan
por un rato, lloran un poco, y mueren. Se emplea este
método en el caso de abortos muy tardíos, cuando,
si ocurriera un parto prematuro, el bebé podría
sobrevivir.

Según un estudio efectuado por la
Organización de las Naciones Unidas, durante los
últimos años más de dos terceras partes de
las mujeres del mundo han tenido acceso a abortos legales en sus
países respectivos. Los abortos se permiten por razones
similares en esos países: el bienestar físico,
mental, social y económico de la mujer envuelta en el
caso.

En los Estados Unidos, en 1973, por un fallo de 7 contra
2, el Tribunal Supremo del país dijo que "la
condición de persona jurídica no existe antes del
nacimiento" y que la criatura no tiene derecho a la
protección legal de su vida. Antes de 1973, prescindiendo
de la edad de la criatura no nacida, la ley protegía su
vida y hasta su capacidad de entablar acción judicial, de
recibir herencias y de satisfacer los requisitos para recibir
beneficios de seguridad social.

La vida de la madre en peligro, el feto
defectuoso, preñez como resultado de
violación o incesto. Estas razones se
pueden aplicar a solo una cantidad muy pequeña de los
casos. El 95 por ciento o más de los abortos, llamados
"abortos terapéuticos," se efectúan por otras
razones.

Por la "salud." Puede que la madre sienta
tensión mental si el embarazo le estorba estudios
especiales, o una carrera, o actividades sociales, o
vacaciones… casi cualquier inconveniencia que le cause
"angustia." Ella pudiera alegar que el nacimiento le
causaría dificultades financieras, y así satisfacer
legalmente los requisitos para tener un aborto. O pudiera decir
que el nacimiento sería una "perturbación" para el
círculo familiar.

Como control de la natalidad. A menudo se usa
el aborto como medio de limitar la natalidad o de efectuar
planificación familiar. Algunos matrimonios no quieren
darse la molestia de usar métodos contraceptivos.
Contrario a lo que se esperaba, la píldora anticonceptiva
no ha detenido el número creciente de abortos. Muchas
mujeres tienen más de un aborto.

Como control respecto al sexo. Por medio de
obtener células fetales del líquido
amniótico y examinarlas, los médicos pueden saber
si el bebé tiene defectos genéticos. También
pueden saber el sexo del bebé. Algunos matrimonios
recurren a esto, y a base de esta información deciden si
quieren un aborto o no. Si el bebé es una niña y
ellos quieren un niño, o si es un niño y ellos
quieren una niña, el aborto elimina a la criatura no
deseada.

Por dinero. El médico que se especializa
en abortos puede hacerse rico rápidamente. El aborto
más corriente y sencillo requiere 15 minutos, y un informe
periodístico de 1974 dice que un médico
efectuó de 40 a 50 abortos diarios a 55 dólares
cada uno. Se dice que bajo juramento este facultativo
testificó que durante la primera mitad de 1971 sus
ingresos brutos pasaron de 250.000 dólares.

Además, algunos médicos sacan ganancia de
los fetos recién abortados, puesto que los venden a
compañías de drogas, a hospitales de
experimentación y a varias agencias gubernamentales.
Mientras más adelantada haya estado la gestación,
más valioso es el feto. Se creó un escándalo
acerca de esto en Washington, D.C. Se sospechó que algunos
médicos estaban animando a las mujeres a aceptar abortos
no necesarios así como abortos de fetos cuya edad
excedía por mucho de tres meses.

El aborto se practica por todo el mundo, sea legal o no.
Según los cálculos del Consejo Demográfico,
apoyado financieramente por las Naciones Unidas, allá en
1975, y antes, se efectuaban millones de abortos cada año
en la Unión Soviética. También, cada
año: más de 2.000.000 de abortos en el
Japón, 2.000.000 en el Brasil, más de 1.000.000 en
Italia y más de 1.000.000 también en los Estados
Unidos.

En 1974 el foro de la Tribuna Demográfica, que se
celebró en conjunto con la Conferencia de las Naciones
Unidas sobre la Población Mundial, declaró que en
algunos países el aborto ponía fin a la mitad de
los embarazos, ¡y citó estudios que revelaban que,
mundialmente, tan solo en 1971 55.000.000 de mujeres
habían recurrido a abortos!

El aborto en el mundo

El 25% de la población mundial vive en 54
países que lo prohíben completamente o lo permiten
solo para salvar la vida de la mujer. Entre los países que
sancionan el aborto de modo total y sin admitir excepción
alguna se encuentran: Andorra, Chile, El Salvador, Filipinas,
Honduras, Irlanda, Luxemburgo, Malta, Nicaragua, República
Dominicana, Somalia y Vaticano. Estos países que han
decidido la penalización absoluta son hoy una
minoría en la comunidad internacional. El principal
argumento en estos países es que se considera más
importante el derecho a la vida del nonato ?que debe ser
protegido por el Estado?, que el derecho a abortar de la
mujer.

El 62% de la población mundial vive en 55
países donde el aborto inducido está permitido, ya
sea sin restricciones en cuanto a su causa; ya sea por motivos
terapéuticos, quirúrgicos, eugenésicos,
sentimentales, y hasta por razones socioeconómicas.
Adicionalmente, algunas legislaciones establecen requisitos
previos, tales como períodos de espera, la
provisión de información, la opinión de
varios médicos, o la notificación al cónyuge
o a los padres de la embarazada o lo admiten sin restricciones,
como Canadá.

Situación legal del aborto en el
mundo

Pro-Vida – 10 argumentos contra el
Aborto 

comiteprovida.org1. Puesto que la
vida comienza en la concepción, el aborto es similar al
asesinato ya que es el acto de tomar la vida humana. El aborto es
un desafío directo de la idea comúnmente aceptada
de la santidad de la vida humana 2. Ninguna sociedad
civilizada permite un ser humano a dañar deliberadamente o
por quitarle la vida a otro ser humano sin castigo, y el aborto
no es diferente. 3. La adopción es una alternativa
viable al aborto y logra el mismo resultado. Y con 1,5 millones
de familias estadounidenses que desean adoptar a un niño,
no hay tal cosa como un hijo no deseado.4. Un aborto puede dar
lugar a complicaciones médicas más adelante en la
vida, el riesgo de embarazos ectópicos dobles, y la
posibilidad de un aborto involuntario y la enfermedad
pélvica inflamatoria también aumenta.5. En el caso
de la violación y el incesto, la atención
médica adecuada puede garantizar que una mujer no
quedará embarazada. Aborto castiga al niño por
nacer que no cometieron ningún delito, sino que es el
autor que debe ser castigado. 6. El aborto no debe ser
utilizado como otra forma de anticoncepción. 7. Para
las mujeres que demandan un control total de su cuerpo, el
control debería incluir la prevención del riesgo de
embarazo no deseado mediante el uso responsable de la
anticoncepción o, si esto no fuera posible, a
través de la abstinencia. 8. Muchos estadounidenses
que pagan impuestos se oponen al aborto, por lo que es moralmente
incorrecto utilizar dinero de los impuestos para financiar el
aborto. 9. Aquellos que decidan abortos son a menudo menores
de edad o mujeres jóvenes con experiencia de vida
suficiente para comprender plenamente lo que están
haciendo. Muchos han lamenta toda la vida
después. 10. Aborto es causa frecuente de dolor
intenso y el estrés psicológico.

Por otra parte la revisión del estado que guarda
la ley en cuanto al aborto, en otras partes del mundo permite
aclarar muchas de las dudas que plantea la probabilidad de
modificar las leyes de aborto en México para hacerlas
más liberales.

Como en México el aborto está permitido
sólo en determinadas circunstancias, nuestro país
forma parte de las naciones que tienen leyes restrictivas en la
materia. Esta situación va en contra de la tendencia
mundial que, desde hace varias décadas, apunta hacia la
liberalización de dichas leyes.

A partir de los años cincuenta -cuando los
países de Europa central comenzaron a admitir el aborto
por voluntad de las mujeres, se inició la
liberalización de la leyes de aborto, sea a través
de la despenalización o la legalización.1 En los
años sesentas y setentas el resto de los países
industrializados revisaron sus leyes y admitieron más
causales que permiten el aborto, o bien liberaron por completo su
legislación respectiva. Asimismo, ciertos países en
desarrollo como China e India hicieron lo propio. Desde 1994,
año en que tuvo lugar la Conferencia Internacional sobre
la Población y el Desarrollo en El Cairo, doce
países han liberalizado sus leyes, mientras que
sólo cuatro hicieron cambios restrictivos en materia de
aborto. Entre las metas que se fijaron en dicha reunión
están:

En la Conferencia de 1994 se acordó que la
población y el desarrollo están indisolublemente
unidos y que el dotar de mayor poder de la mujer y tomar en
cuenta las necesidades de la gente en lo relativo a
educación y salud, incluyendo la salud reproductiva, son
necesarios para el avance individual y el desarrollo balanceado.
Avanzar en la equidad de género, eliminar violencia contra
las mujeres y asegurar la habilidad de las mujeres de controlar
su propia fertilidad son las piedras angulares de las
políticas de población y desarrollo. Las metas
concretas se centraron en proveer educación universal y
cuidado a la salud reproductiva que incluya la planeación
familiar, así como en reducir la mortalidad maternal e
infantil.

La CIPD adoptó un Programa de Acción para
los veinte años siguientes. En este programa se
especifican un conjunto de metas precisas que todos los
países se comprometen a conseguir, en el área de la
salud, de la mejora de la condición de la mujer, y del
desarrollo social.

Los objetivos fijados fueron:

  • Permitir antes de 2015 el acceso universal a los
    servicios de salud reproductiva, incluyendo la
    planificación familiar y la salud sexual

  • Asegurar la educación primaria para todos
    antes de 2015 e intentar suprimir la diferencia entre las
    tasas de escolarización de los niños y de las
    niñas en la enseñanza primaria y
    secundaria

  • Reducir a menos del 35 por 1000 de nacidos vivos la
    tasa de mortalidad infantil y a menos del 45 por 1000 la tasa
    de mortalidad de los niños menores de 5 años
    antes de 2015

  • Disminuir las tasas de mortalidad materna de 1990 a
    la mitad antes de 2000, y otra vez a la mitad antes del
    2015

  • Elevar la esperanza de vida al nacer a 75
    años o más antes del 2015

El programa de Acción se realizó sobre la
base del Plan de Acción adoptado en la conferencia mundial
de población sostenida en Bucarest en 1974 y las
recomendaciones adoptadas en la Conferencia Internacional sobre
Población, llevada a cabo en México en 1984.
También tomó en cuenta los resultados de Cumbre
Mundial para la Infancia (1990), la Conferencia de las Naciones
Unidas para el Medio Ambiente y el Desarrollo y la Conferencia
Mundial de Derechos Humanos (1993).

Cabe destacar que, en los únicos dos
países donde el aborto está totalmente prohibido,
la Iglesia católica ejerce un poder cultural y
político muy fuerte.

Desde hace unos 50 años en que comenzó a
contemplarse la despenalización del aborto en la
mayoría de las legislaciones de todo el mundo, el
número de estos ha aumentado de modo vertiginoso. En 1978
(ONU), cada día nacían unos

300.000 niños y se producían alrededor de
120.000 casos de aborto (2 abortos por cada 5 nacimientos). Hoy
en día es muy difícil saber con rigor
científico el número de abortos, ya que existen
intereses personales, el secreto profesional de los
médicos, la clandestinidad , y la reticencia femenina o el
pudor de la mujer.

Sin embargo se calcula que anualmente se cometen unos 30
millones de abortos, lo que representa el 30% de los nacimientos
en los países donde está legalizado y el 20% en los
países donde no lo está.

Las sociedades que más defienden la infancia, la
familia, la vida nacida (v.g. EEUU, Reino Unido, Holanda, etc.)
son las sociedades más abortivas. Por otra parte, las
sociedades prohibitivas del aborto no pueden presentarse como
modelos de defensores de la vida y la persona (v.g. Chile,
Bolivia, Brasil, etc.). Esto nos hace mantener que la realidad
del aborto no coincide con la realidad de las sociedades respecto
a la defensa o no de la vida.

Las actitudes que existen hoy respecto a la
legalización del aborto son:

– Superficial. Se aprueba el aborto por la
presión ambiental.

– Feminista. Defienden las acciones abortivas sobre el
feto que es considerado como algo, hasta el punto de no
considerarlo con derechos humanos y a disposición del
albedrío de la mujer que es dueña de su
cuerpo.

– Eugenésicos. Por razones médicas como
salvar la vida de la madre, impedir el nacimiento de vidas
disminuidas, etc.

Personalísticas. Tienen una escala de valores
en que el honor, el bienestar de la familia, la libertad, etc;
están por encima de la vida.

– Confusa. No se quiere el aborto, pero se ve como mal
menor en situaciones conflictivas (v.g. violaciones, embarazos de
niñas, etc.).

– Defensora de la vida. El primer valor no negociable es
el valor de la vida humana desde su concepción. La
ética cristiana de todas las épocas ha tenido una
preocupación constante por todo lo relativo a la vida
humana. Debiendo encontrar en la actualidad una ética
fundamental coherente de la vida humana, y así:

– Los cristianos deben convertirse en una escuela que
eduque para la vida.

– Es necesario que la Teología Moral se formule
desde una ética racional, coherente y concreta, no desde
una ética visceral.

– La convicción de los cristianos ha de ser
factor de identidad e integración.

– Asumir que la defensa de la vida humana no se ha
desarrollado linealmente en la Historia de la Iglesia, sino que a
veces, se ha oscurecido bastante, sobre todo cuando ha
interesado.

– El conflicto entre la vida y la libertad no se
resuelve afirmando "sólo la vida".

– La realización personal, el autodesarrollo y la
realización social no pueden desarrollarse atentando
contra la vida ajena.

– A los cristianos les urge trabajar tanto en la defensa
de la vida como en la mejora de la misma.

– Rechazo coherente de la pena de muerte y de la
tortura.

– La vida puede mejorarse utilizando adecuadamente los
ingentes gastos destinados a la escalada armamentista.

– La calidad de la vida implica la denuncia del consumo
y de la materialización.

Aspectos jurídicos

Monografias.com

El aborto, entendido como la interrupción
intencional del embarazo, es, dependiendo del ordenamiento
jurídico vigente, una conducta punible o no punible,
atendiendo a las circunstancias específicas.

De esta manera, dependiendo del país que lo
contemple, es considerado un delito penalizado en cualquier
circunstancia, o un derecho de la gestante. En otros
países, aun siendo también un delito se mantiene
despenalizado en ciertos casos siempre que medie el
consentimiento materno.

En la actualidad, la legislación en la mayor
parte del mundo contempla la despenalización del aborto,
siguiendo la recomendación de la Organización de
las Naciones Unidas, para supuestos intermedios, siempre tomando
la voluntad de la embarazada como requisito sine qua non
para una posible no punición.

Los ordenamientos jurídicos que despenalizan el
aborto en alguno o todos los supuestos, lo hacen desde las
siguientes perspectivas:

  • El sistema anglosajón desarrolla los derechos
    fundamentales de la mujer desde la perspectiva de su derecho
    a la intimidad y en relación con la idea de
    "viabilidad".

  • El modelo europeo-continental, a su vez, vincula el
    aborto con el derecho general a la libertad de la mujer, ya
    sea que se le especifique como libertad reproductiva
    (véase derechos reproductivos) o como derecho a la
    autonomía.

  • En el sistema islámico. En la mayoría
    de países islámicos, el aborto solo se
    consiente por razones médicas en las que la madre
    corre grave peligro.

  • El sistema internacional de protección de los
    derechos humanos ?así las organizaciones no
    gubernamentales (ONG) internacionales como por ejemplo
    Amnistía Internacional, como los organismos de
    protección de DD.HH. de carácter universal,
    como la Comisión y Comité de Derechos Humanos
    de las Naciones Unidas o la Organización Mundial de la
    Salud? relaciona el problema de la despenalización del
    aborto con el derecho que tienen las mujeres a no ser
    sometidas a tratos crueles, inhumanos o degradantes; es
    decir, con la prohibición general de la
    tortura.

La normativa sobre el aborto es un tema sumamente
polémico, puesto que, tanto los promotores de una
posición como sus detractores, argumentan defender un
derecho humano. Los defensores del aborto esgrimen el derecho a
la libertad, autonomía o intimidad de la gestante, y sus
detractores el derecho a la vida que le conceden al
nasciturus.

Aspectos biológicos y
médicos

Desde un punto de vista científico, existe una
clara división entre los científicos.

Por un lado, están quienes defienden que el
embrión es una vida humana desde el momento de la
fecundación, independientemente del grado de desarrollo y
de la viabilidad del feto fuera del útero. Estos
sostienen:

Partes: 1, 2, 3
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